Tratamiento NIMF 15

PAÍSES PARA LOS QUE SE NECESITA TRATAMIENTO NIMF 15

Para eliminar el riesgo de propagación de los insectos nocivos que proliferan en la madera, la FAO (Food and Agricultural Organization of the United Nations) ha establecido ciertas normas para los embalajes.

El tratamiento NIMF15 se exige cada vez por parte de más países y la no utilización de embalajes que cumplan con dicha norma puede conducir al rechazo de la mercancía o incluso a la destrucción de la misma. A continuación se muestra una lista actualizada de los países que requieren embalajes que cumplan esta norma.

¿Por qué se exige este tratamiento?

A menudo, los materiales utilizados para el embalaje están compuestos de madera en bruto que no recibe un tratamiento adecuado para eliminar los insectos nocivos, y por lo tanto pueden convertirse en un medio de introducción y dispersión de dichos insectos. Por otra parte, los embalajes de madera se suelen reutilizar o reciclar: su origen se convierte, por tanto, en algo difícil de determinar, así como su situación fitosanitaria. Por esta razón, la FAO (Food and Agricultural Organization of the United Nations) ha establecido ciertas normas para eliminar el riesgo de propagación de los insectos nocivos que proliferan en la madera.

¿EN QUÉ CONSISTE?

Hay dos tipos de tratamiento para eliminar los insectos nocivos:

  • HT (Heat treatment) Los embalajes de madera se tratan a una temperatura de 56 °C durante un mínimo de 30 minutos;
  • MB (Methyl Bromide) Los embalajes de madera se tratan con una sustancia llamada bromuro de metilo que se dosifica en función de la temperatura, nunca inferior a 10 °C.

    ¿QUÉ SE SOLICITA POR PARTE DE LAS AUTORIDADES PARA LA TRANSFERENCIA DE LAS MERCANCÍAS DE UN PAÍS A OTRO?

    Como prueba de la realización del tratamiento ya no se solicita el certificado de fumigación, sino dar fe solamente mediante el etiquetado del embalaje, que debe respetar un determinado estándar que se muestra a continuación.


    XX-000 YY

    El marcado deberá incluir:

     

    • el símbolo de la FAO;
    • dos letras que indican el país en el que se ha efectuado el tratamiento seguidas del código único del fumigador asignado por la ONPF (National Plant Protection Organization);
    • Sigla del tratamiento realizado (HT o MB).

    Para la circulación INTRACOMUNITARIA no es obligatorio el uso de embalajes marcados y tratados conforme al estándar NIMF 15, salvo aquellos procedentes de Portugal.

     

    Los estados que han suscrito el NIMF 15 de la FAO son:

    Argelia India República Dominicana
    Arabia Saudí Indonesia Rusia (Federación de Rusia)
    Argentina Islas Marianas del Norte Samoa
    Australia Islas Vírgenes Samoa Americana
    Bolivia Israel Senegal
    Brasil Kenia Serbia
    Canadá Corea Seychelles
    Chile Lesoto Singapur (República de Singapur)
    China Líbano Siria
    Colombia Malaui Sri Lanka
    Costa de Marfil Malasia Estados Unidos
    Costa Rica México Sudáfrica
    Cuba Nicaragua Suiza
    Distrito de Columbia Nigeria Tailandia
    Ecuador Noruega Taiwán
    Egipto Nueva Zelanda Trinidad y Tobago
    Filipinas Omán Túnez
    Jamaica Panamá Turquía
    Japón Paraguay Ucrania
    Jordania Perú Unión Europea
    Guam Polinesia Francesa Uruguay
    Guatemala Portugal Venezuela
    Guyana Puerto Rico Vietnam
    Honduras República de Georgia
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